ARTÍCULO 34º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Andacollo: Habrá seis comisiones permanentes, denominadas:
ARTICULO 48° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Andacollo: En síntesis, corresponde a las Comisiones intervenir en lo siguiente:
1) Ordenamiento Territorial, Obras y Servicios Públicos:
- Dictaminar sobre proyectos de Comodatos, Venta, Adjudicaciones varias y/o permisos de ocupación de tierras municipales.
- Aportar las normas legales existentes, y las que se dicten en un futuro, relacionadas al Orden del Ejido de Andacollo y al área Ejecutiva Municipal de Ordenamiento Territorial.
- Dictaminar sobre asuntos vinculados a concesión, autorización, reglamentación y ejecución de Obras Públicas de la comuna, sobre todo proyecto que se vincule con obras arquitectónicas, de urbanismo, sanitarias y de saneamiento.
ARTICULO 48° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Andacollo: En síntesis, corresponde a las Comisiones intervenir en lo siguiente:
2) Comisión de Hacienda, Finanzas y Legales:
- Dictaminar sobre el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración Municipal.
- Redactar los respectivos Proyectos de Ordenanzas sobre refuerzos de partidas que solicite el Departamento Ejecutivo, sobre todo proyecto que disponga gastos con imputación a Rentas Generales; sobre empréstitos en general todas las cuestiones que tengan relación con las rentas municipales.
- Dictaminar sobre todo proyecto legal que se refiera a pedido de exoneración de impuestos, pensiones, subvenciones y subsidios; y sobre todo asunto que no esté expresamente designado a otra Comisión.
- Revisión de carpetas de gastos del Departamento Ejecutivo Municipal, entre otros gastos y/o ingresos específicos que modifiquen partidas y/o cuentas.
ARTICULO 48° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Andacollo: En síntesis, corresponde a las Comisiones intervenir en lo siguiente:
3) Promoción Social y Observatorio de Violencia contra las Mujeres:
- Dictaminar sobre todo proyecto o asunto, relativo a atender las necesidades sociales, a la niñez, a la juventud, a la familia, a personas con discapacidad, a la tercera edad y demás situaciones de carencia social.
- Promover la realización de actividades recreativas.
- Desarrollar acciones para la prevención contra el uso indebido de drogas y demás adicciones.
- Jerarquizar el rol de las entidades de bien público y jardines maternales.
- Acompañar las actividades que lleven a cabo desde el Consejo Regional de Niñez, Adolescencia y Familia.
- Acompañar al Área Municipal de Promoción Social, en lo que ésta requiera.
- Colaborar con las Cooperativas de trabajo en cuanto asesoramiento y/o gestiones necesarias para el funcionamiento de las mismas.
- Promover la Economía Social de la localidad.
- La visibilizarían, ordenamiento e institucionalización del trabajo del Área de Género, como vínculo institucional de la Municipalidad con las mujeres en lo individual y en lo social a través de Políticas Públicas territoriales.
- Promover campañas para la prevención y atención de enfermedades específicas.
- Realizar acciones concretas para fechas conmemorativas importantes que conciernen a las mujeres: 8 de marzo(día internacional de la mujer), 28 de Mayo (día internacional de acción por la salud de las mujeres), 03 de Junio(marcha nacional Ni una Menos, según declaración N° 02/15), 23 de Septiembre (día internacional contra la explotación sexual y la trata de personas), 25 de Noviembre (día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer), etc.
- Articular con otras áreas y/o Instituciones de la localidad para generar un mapa de recursos actualizado para situaciones de violencia, y poder derivar responsablemente en tales situaciones.
- Promover Talleres, Charlas y Cursos de sensibilización y capacitación de manera constante en la comunidad.
- Realizar campañas informativas, por medio de prensa del Municipio.
- Informar y asesorar sobre la legislación vigente que incluye a la mujer para el ejercicio pleno de sus derechos y obligaciones.
- Promover el empoderamiento de las mujeres a través de su participación activa y organizada y fortalecer su liderazgo en la elaboración y propuesta de iniciativas políticas, económicas, culturales y sociales, como sujetas de desarrollo con derechos propios.
- Mantener un registro de organizaciones de mujeres orientadas a promover la Equidad de Género.
- Trabajar en base a la Masculinidad, entendiéndola como el conjunto de actitudes, valores y comportamientos considerados socialmente aptos para los hombres y en el cual los valores encuentran su sentido individual y colectivo frente a la sociedad y frente a sí mismo. Intenta procurar la asignación de un solo modelo genérico (Identidad Masculina) para todos los hombres.
- Entender al “Patriarcado” como una organización social en la cual las relaciones se basan en un dominio de los hombres sobre las mujeres. Enfatizando en la sensibilización de esta temática, para producir un cambio en la sociedad
ARTICULO 48° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Andacollo: En síntesis, corresponde a las Comisiones intervenir en lo siguiente:
4) Educación, Cultura, Deporte, Turismo y Medio Ambiente:
- Dictaminar sobre todo asunto o proyecto relacionado con los aspectos culturales, educativos y deportivos.
- Dictaminar sobre la producción de artesanías, difusión y fomento de la cultura, sobre espectáculo Público, sobre organización y funcionamiento de Sociedades de Fomento, clubes y cualquier otro tipo de Sociedad Cultural y Deportiva, sobre modalidad y buenas costumbres.
- Dictaminar lo referente a los medios de comunicación social, fomentar la educación popular, incentivar la capacitación de adultos y adolescentes, generar canales de participación comunitarios, promover acciones para una educación específica de nivel superior para la localidad.
- Dictaminar sobre todo asunto o proyecto relativo a Espacios Verdes, Arbolado Público y mecanismos para el mejoramiento del sistema cloacal.
- Vigilar el cumplimiento de la legislación Nacional y Provincial, sobre afluentes gaseosos y sólidos que afecten el ambiente urbano y todo otro aspecto que tienda a mejorar la calidad de vida de la Población.
- Dictaminar sobre todo asunto o proyecto relativo al régimen, desarrollo y fomento de la industria, comercio local y servicios turísticos.
ARTICULO 48° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Andacollo: En síntesis, corresponde a las Comisiones intervenir en lo siguiente:
5) Comisión de Labor Parlamentaria:
- Dar tratamiento y reforma del Reglamento Interno del Concejo Deliberante.
- Promocionar las medidas que considere pertinentes para agilizar los debates parlamentarios.
- Recepcionar y corregir si fuese necesario todos los Proyectos de las normas legales que se hayan presentado en mesa de entradas para incluirlos en el orden del día de las sesiones, y/o derivarlos a la comisión que amerite tratamiento.
ARTICULO 48° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Andacollo: En síntesis, corresponde a las Comisiones intervenir en lo siguiente:
6) Comisión Observadora Permanente:
- Dar tratamiento a la documentación ingresada al Honorable Concejo Deliberante en el periodo extraordinario comprendido en los meses de Enero y Febrero de cada año.
- Promocionar las medidas que considere pertinentes para agilizar los debates parlamentarios a realizarse una vez iniciado el periodo ordinario.
- Redactar las actas correspondientes cada vez que se abra la comisión, especialmente cuando se brinde atención a vecinos en el periodo extraordinario, asentando las firmas de todos los presentes al momento de cerrar mencionada acta.
- Esta comisión deberá requerir a la autoridad del Concejo, si fuese necesario, las sesiones extraordinarias, asegurando el tratamiento de los proyectos que las motivaren.